¿Qué sucedió con la Ley del ISR y sus modificaciones al Art. 151?

El pasado 8 de septiembre se entregó ante el Congreso de la Unión para su discusión y revisión el Paquete Económico 2022, el cual contiene tanto la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022.

Aunque los cambios propuestos en la iniciativa eran menores que aquellos que entraron en vigor en 2021, las modificaciones al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) para este 2022 podían afectar la recaudación de donativos individuales de las organizaciones.

¿Cuáles fueron los cambios?

Hasta diciembre de 2021, las personas físicas podrán realizar sus deducciones anuales de la siguiente manera: 7% en donativos a organizaciones sin fines de lucro, 10% en aportaciones complementarias de retiro y 15% en gastos médicos, funerarios, intereses hipotecarios, entre otros, lo que da un total de hasta 32%.

A partir de enero de 2022, las personas físicas podrán deducir el 15% del total de su ingreso en todos los apartados que contempla el art. 151. Es decir, que el porcentaje deducible en donativos individuales a organizaciones sin fines de lucro, que hasta ahora era del 7%, se integrará al límite fiscal del 15% total de deducciones para personas físicas.

¿De qué manera se verán afectadas las organizaciones de la sociedad civil?

Las afectaciones podrán reflejarse en dos sentidos:

Ahora, personas que acostumbraban realizar donativos a diferentes causas sociales, se verán en la necesidad de preguntarse si otorgar ese donativo o bien, deducir sus gastos personales como afore, gastos médicos, entre otros.

Pocas organizaciones trabajan en un 100% de las donaciones de personas físicas, pero para muchas otras, estas aportaciones representan entre el 30 y 50% de sus ingresos, lo que se traduce en una considerable posible reducción.

Datos importantes sobre la aprobación a la reforma:

-La reforma al artículo 151 de la Ley del ISR, que limita el monto que las personas podemos deducir por donativos a OSC, restringe la acción de más de 9 mil 500 organizaciones civiles donatarias autorizadas; además de reducir la posibilidad de sumar a muchas más personas que aportan cada vez más recursos a miles de temas que son de interés público.

En EU pueden deducir hasta 60% de sus ingresos por distintos gastos y por donativos; en Francia y Alemania 20% y en México se aprobó eliminar, específicamente, el 7% que una persona puede deducir por donativos a las OSC, a la vez de incluir esa posibilidad en el tope de la deducción de impuestos que se hace para temas personales, como los gastos de salud, funerarios o intereses de hipotecas.

-Reflexionar sobre la afectación a casi 2.8 millones de hogares del 30% más pobre de la población que recibe bienes, servicios y transferencias económicas de las OSC, según la Encuesta Nacional de Ingreso Gasto en los Hogares del Inegi.

Los donativos a las OSC están sujetos a un estricto régimen de transparencia y supervisión por parte del SAT, además de atender políticas contra el lavado de dinero. En estudios sobre el sector, se ha determinado inclusive que el sector sin fines de lucro no presenta riesgo elevado de lavado de dinero: 99.8 por ciento no tiene ningún riesgo y el .02% tiene bajo riesgo, según los datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

-Según las cuentas nacionales del INEGI, por cada peso que el gobierno federal deja de recaudar por concepto de donativos, las OSC multiplican ese monto en 812% En seis años, el SAT dejó de recaudar 88 mil 792 millones por deducciones para donativos; en ese mismo periodo, la sociedad recibió de estas instituciones un beneficio de 720 mil 672 millones de pesos.

Datos tomados de: Carta de OSC a Senadores para que rechacen la reforma que limitará las donaciones.
https://www.cemefi.org/servicios/noticias/7369-osc-donatarias-rechazan-reforma-articulo-151-que-limitara-mas-los-donativos

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